jueves, 6 de junio de 2013

En fecha 16 y 17 de Abril se elaboro el estatuto de la CLOC VIA CAMPESINA BOLIVIA

lideres de las organizaciones afiliadas a la cloc Via Campesina Bolivia CSUTCB,CNMIOB-BS ,CSCIB,y MST_B se reunieron para realizar el congreso organico y eleborar un estatuto que norme el funcionamiento de esta organizacion


se conformo comisiones de trabajo  primero la comision de policia sindical

luego la comision de Poderes encargada de la acreditacion de los participantes
Tambien se dio posicion a la comision Organica que se en cargargo de eleborar el primer estatuto de la CLOC VIA CAMPESINA BOLIVIA  a la cabeza de dirigentes de las organizaciones  afiliadas
 presidente Luis Gabriel Morales
 Vice presidente, Maria Patiño
 y dos vocales


las comisiones trabajaron hasta altas horas de la noche hasta lograr consolidar el estatuto Organico 
la comision de reglamento interno logro reglamentar este nuevo estatuto
todos los articulos del Primer estatuto de la CLOC VIA CAMPESINA BOLIVIA  fueron aprovados en plenaria de concenso con toda la sala y este es el resultado.




ESTATUTO ORGANICO
COORDINADORA PLURINACIONAL DE ORGANIZACIONES DEL CAMPO – VIA CAMPESINA BOLIVIA
(COPLOC-VC Bolivia)





Aprobado por: 1er. Congreso Orgánico
La Paz, 16 y 17 de Abril de 2013

1.     PRESENTACIÓN

La Confederación Sindical Única de Trabajadores Campesinos de Bolivia (CSUTCB), la Confederación Nacional de Mujeres Campesinas Indígenas Originarias de Bolivia Bartolina Sisa (CNMCIOB – “BS”), la Confederación Sindical de Comunidades Interculturales Originarias de Bolivia (CSCIOB) y el Movimiento de Trabajadores Campesinos Indígenas Sin Tierra de Bolivia (MST – B), aglutinan a las comunidades indígenas originarias campesinas, e interculturales del Estado Plurinacional de Bolivia, conformamos la Coordinadora Latinoamericana de Organizaciones del Campo – Vía Campesina del Estado Plurinacional de Bolivia.

La CLOC-VC Bolivia, somos pequeñas productoras y productores agroecológicos del campo que defendemos nuestros derechos humanos, sociales, económicos, ambientales, culturales, orgánicos y políticos; participamos coordinada y organizadamente en la construcción del Vivir Bien, la propiedad social y comunitaria de la tierra – territorio y la defensa de los recursos naturales de la madre tierra de acuerdo a nuestros usos y costumbres.

Priorizamos la defensa de la agricultura comunitaria agroecológica  y el carácter estratégico de la lucha por la soberanía alimentaria de los pueblos indígena originario campesino e intercultural, la revolución agraria comunitaria, la igualdad con equidad de género, el cuidado, preservación y respeto de la madre tierra, las semillas y recursos genéticos nativos ancestrales como patrimonio de los pueblos, la recuperación conservación y promoción de saberes ancestrales y tecnologías propias, la agroecología y biodiversidad,  donde la agricultura es con campesinos y campesinas indígena originario  en el campo.





TITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
CAPITULO I
DEL OBJETO, PRINCIPIOS Y VALORES, CONSTITUCION, NATURALEZA Y ALCANCES DE REPRESENTACION

Art. 1.- (Objeto).- El presente Estatuto Orgánico tiene por objeto establecer un conjunto de normas y procedimientos propios para el funcionamiento y la vida orgánica de la CLOC-VC del Estado Plurinacional de Bolivia.

Art. 2.- (Principios y Valores).-
Ama Q’uella: No seas Flojo, floja.
Ama Llulla: No seas Mentiroso, mentirosa.
Ama Suwa: No seas Ladrón, ladrona.
a)                 Respeto a la unidad y la integridad de la CLOC-VC del Estado Plurinacional de Bolivia; en el marco de la igualdad y su estructura orgánica, tiene la finalidad de preservar la unidad y la integridad de la articulación de las organizaciones nacionales que la conforman, respetando las normas y procedimientos de cada organización miembro.
b)                Vivir Bien; se fundamenta y justifica en el interés colectivo comunitario, con reciprocidad, complementariedad como ser el ayni y la mink’a, sirviendo con objetividad a los intereses generales de los pueblos indígenas originarios campesinos e interculturales en nuestro Estado Plurinacional, en armonía con la Madre Tierra y en comunidad con los seres humanos.
c)                 Democracia; todos los lineamientos y mandatos de la CLOC-VC del Estado Plurinacional de Bolivia que se fundan en el diálogo permanente con las bases organizadas, sus visiones, misiones, experiencias y orientaciones orgánico-políticas-sindicales.
d)                Disciplina; basada en el respeto mutuo de los acuerdos y principios y en el ejercicio permanente de la crítica y la autocrítica constructiva.
e)                Participación; la participación debe ser con responsabilidad, equidad e igualdad de derechos tanto de hombres, mujeres y jóvenes de las organizaciones miembros de la CLOC-VC del Estado Plurinacional de Bolivia.
f)                  Lealtad; es la virtud que resume la fidelidad y el compromiso que le debemos a nuestra organización y sus afiliados y afiliadas; cultivarla es una obligación que nos ennoblece y nos hace fraternos.
g)                 Solidaridad; es el apoyo permanente en nuestras luchas que debemos mantener y fortalecer entre las organizaciones miembros de la CLOC-VC del Estado Plurinacional de Bolivia.
h)                Participación Internacional; con la práctica de la mística nacional, solidaria, compartiendo más allá de las fronteras y en  memoria de las luchas de los pueblos indígena originarios campesinos y comunidades interculturales, nuestros líderes y las tradiciones de las lucha emancipadoras latinoamericanas, participamos como CLOC-VC del Estado Plurinacional de Bolivia en los diferentes movimientos para fortalecer la CLOC/VC Continental.
i)                   Complementariedad; se sustenta en la necesaria concurrencia de todos los esfuerzos, iniciativas y políticas de la CLOC-VC del Estado Plurinacional de Bolivia, dirigidos a superar la desigualdad e inequidad entre la población y a garantizar la sostenibilidad de los pueblos indígenas originario campesino e interculturales.

Art. 3. (Constitución).- La CLOC-VC del Estado Plurinacional de Bolivia, se constituye en un instrumento de lucha de la CSUTCB, CNMCIOB BS, CSCIOB y MST-B, a nivel nacional e internacional  que aglutina a productoras y productores indígena originario campesinos e interculturales que comparten territorio, cultura, historia, quienes trabajan la tierra de acuerdo a sus usos y costumbres, desarrollando y promoviendo la lucha contra las transnacionales, el modelo capitalista de los agro negocios, productos transgénicos y la agricultura industrial expansionista y depredadora que atenta contra los derechos de la Madre Tierra y de las comunidades.

Art. 4.- (Naturaleza) La CLOC-VC del Estado Plurinacional de Bolivia es el referente natural e histórico de las organizaciones indígenas originarias campesinas e interculturales en el Estado Plurinacional de Bolivia, es autónoma y sus decisiones se toman en sus respectivas instancias orgánica-política, está comprometida con el debate permanente que nos lleva a construir y fortalecer las bases teóricas, ideológicas y programáticas desde las organizaciones del campo y de esta manera fortalecer la democracia y el funcionamiento interno de la CLOC-VC del Estado Plurinacional de Bolivia.

Art. 5.- (Sede y Patrimonio) La sede de la CLOC-VC del Estado Plurinacional de Bolivia será en la ciudad de La Paz, su patrimonio está constituido por:
a)                 Los bienes muebles e inmuebles que adquiera o recibiera a cualquier título.
b)                Las donaciones de la cooperación internacional.
c)                 Los recursos provenientes de distintos fondos.
d)                El patrimonio intelectual reflejado en los saberes, tecnología ancestral y aplicada, documentos, resoluciones y cualquier otra.
Los bienes de la CLOC – VC del Estado Plurinacional de Bolivia, tienen  carácter de ser intransferible, inembargable, e inalienable, de la organización, debiendo sus miembros afiliados precautelar su integridad.

Art. 6.- (Alcances de Representación) Los alcances de representación de la CLOC – VC del Estado Plurinacional de Bolivia, son los siguientes:
a)                 La CLOC-VC del Estado Plurinacional de Bolivia en su condición de organización sindical de las 4 organizaciones miembros, es parte activa del Estado Plurinacional de Bolivia, de la CLOC-VC Internacional, participa activamente en la vida social, política y económica del Estado, desde su propia legitimidad, como estrategias de lucha y reivindicación.
b)                Sus miembros gozan de los derechos establecidos en el presente estatuto orgánico, el cumplimiento de las obligaciones que el mismo exige, sin discriminación alguna.
c)                 Exige de sus miembros afiliados el cumplimiento, defensa y consecuencia con sus postulados, principios y definiciones orgánicas – políticas, sociales y culturales, que representan la cosmovisión andino – amazónico.
TITULO II
DE LOS FINES Y OBJETIVOS
CAPITULO UNICO
FINES Y OBJETIVOS
Art. 7.- (Fines)
a)                 Promover al logro del VIVIR BIEN, para la regeneración de la Madre  tierra y el territorio, los recursos naturales, la expansión y dignificación de su cosmovisión.
b)                Promover al establecimiento y sostenimiento de una democracia directa participativa de consenso y verdadera, pluralista y liberadora, dentro del marco de la libre determinación, la justicia social, económica, jurídica, cultural y lingüística; desterrando para siempre toda forma de explotación, opresión y discriminación. Luchar por alcanzar la igualdad de oportunidades de los pequeños productores y productoras.
c)                 Promover en la construcción de un nuevo modelo de desarrollo económico social comunitario, con base en la economía comunitaria, recuperando la cultura de la vida, desde la forma particular de conservar y preservar la biodiversidad de la Madre Tierra.
d)                Promover la soberanía alimentaria de todos los habitantes del territorio nacional y del mundo, con base en la producción agroecológica comunitaria.

Art. 8.- (Objetivos) La CLOC-VC del Estado Plurinacional de Bolivia tiene los siguientes objetivos:
a)                 Luchar por el acceso a la tierra y territorio de los pueblos y naciones indígena originario campesinas e interculturales, consolidando la propiedad comunitaria y familiar, erradicando el gamonalismo, latifundismo y de la mercantilización y extranjerización de la tierra.
b)                  La implementación y consolidación de la economía comunitaria inspirada en los sistemas de producción y reproducción de la vida social, fundados en los principios y visiones propias de las naciones y pueblos indígena originario campesinos e interculturales.
c)                   Lograr el cumplimiento al Derecho Humano a la Alimentación Orgánica, para garantizar, una vida digna, soberana y plena para el VIVIR BIEN de todos los pueblos de Bolivia y el Mundo.
Este Derecho, será aplicable en la medida en que todas las naciones y pueblos indígena originario campesino e interculturales, puedan promover su propia Soberanía Alimentaria, ejerciendo la potestad de definir sus propias políticas, de producción, transformación y comercialización, de acuerdo a sus costumbres.
d)                Desarrollar mecanismos de protección para evitar la mercantilización de los recursos genéticos, la privatización del agua, biopiratería y traslado ilegal de material genético, extranjerización de la tierra y la participación de monopolios u oligopolios en la producción y comercialización de semillas y alimentos. Todo esto dentro el ejercicio soberano de las naciones y pueblos indígena originario campesino e intercultural sobre aspectos de producción, acceso y consumo de los alimentos en su territorio priorizando la producción y consumo nacional de alimentos.
e)                 Garantizar a los pequeños productores y productoras el acceso, uso y preservación, de semillas nativas de calidad en los sistemas diversificados de la región, debiéndose crear bancos de germoplasma y de semilla para los pueblos indígena originario campesino e interculturales.
f)                  Rechazar contundentemente la agroindustria, el agro negocio, los biocombustible y/o agro combustibles, el monocultivo, los transgénicos, los agro tóxico y agroquímicos.

g)                 Implementar una revolución agraria comunitaria de distribución equitativa de la tierra, con preferencia a los pequeños productores y productoras, debiéndose garantizar el uso y manejo sustentable de la Madre Tierra, asimismo es necesario implementar políticas de recuperación de la fertilidad de la tierra utilizando bases biológicas. Por lo que rechazamos el latifundio, la acumulación, monopolio u oligopolio, mercantilización, extranjerización, acaparamiento y renta y/o arrendamiento de tierras.

h)                El Estado y las naciones y pueblos indígena originario campesino e interculturales deben elaborar políticas públicas, que contemplen y consoliden la economía social comunitaria, recuperando los conocimientos, prácticas, saberes y costumbres ancestrales en armonía y equilibrio con la madre naturaleza para vivir bien con soberanía alimentaria para la independencia cultural, económica, social,  política e ideológica de los pueblos.


i)                   Establecer políticas sustentables para que los productores agropecuarios, agroforestales, agroecológicos y acuícolas cuenten con medios necesarios, con el fin de cambiar el modelo primario exportador, con tecnologías limpias, a objeto de generar valor agregado, que contribuya a la soberanía alimentaria de las regiones productivas. Así mismo se debe fomentar y facilitar la implementación de infraestructuras adecuados a los medios y costumbres ancestrales de la población rural, para el almacenamiento y la acumulación de reservas alimentarias para hacer frente a la crisis alimentaria mundial.

TITULO III
DE LA ESTRUCTURA Y  AFILIACION
CAPITULO UNICO
DE LA ESTRUCTURA ORGANICA Y AFILIACION
Art. 9.- (Estructura Orgánica) La Coordinadora Latinoamericana de Organizaciones del Campo – Vía Campesina del Estado Plurinacional de Bolivia está conformada por las siguientes organizaciones:
a)                 Confederación Sindical Única de Trabajadores Campesinos de Bolivia – CSUTCB.
b)                Confederación Nacional de Mujeres Campesinas Indígenas Originarias de Bolivia Bartolina Sisa – CNMCIOB BS.
c)                 Confederación Sindical de Comunidades Interculturales Originarias de Bolivia – CSCIOB.
d)                Movimiento de Trabajadores Campesinos Indígenas sin Tierra de Bolivia – MSTB.

La CLOC-VC del Estado Plurinacional de Bolivia es miembro de las instancias de representación internacional en:
a)                 La Vía Campesina (Organización Mundial de Campesinos)
b)                La Coordinadora Latinoamericana de Organizaciones del Campo (CLOC)
c)                 Región Andina de la Coordinadora Latinoamericana de Organizaciones del Campo (CLOC-RA)

Art. 10.- (AFILIACION Y REQUISITOS) Los requisitos establecidos para la afiliación y reconocimiento son los siguientes:
a)                 Constituir una organización matriz con representación y estructura nacional, vida orgánica y base social.
b)                Contar con Estatuto Orgánico, Reglamento Interno y Personalidad Jurídica.
c)                 Ser una organización que represente a los pequeños productores y productoras comunitarios indígenas originarios campesinos e interculturales, con afinidad y concordancia a los principios, valores y objetivos de la CLOC-VC del Estado Plurinacional de Bolivia, en posteriores afiliaciones.


TITULO IV
DIRECTORIO NACIONAL
CAPITULO UNICO
Art. 11.- (CLOC-VC del Estado Plurinacional de Bolivia) La CLOC-VC del Estado Plurinacional de Bolivia, el tiempo de gestión de sus miembros será de 3 años, de manera rotativa entre las organizaciones afiliadas y sus resoluciones pueden ser revisadas por los Congresos Ordinarios y Extraordinarios.

Art. 12.- (Estructura de la CLOC-VC del Estado Plurinacional de Bolivia) El Directorio Nacional está conformado de la siguiente manera:
COMISION DE COORDINACION POLITICA
a)                 Presidente (a)
b)                Vicepresidente (a)
c)                 Strio. (a) de Relaciones
d)                Strio. (a) de Actas y Hacienda
COMISIONES DE TRABAJO
e)                 Comisión de Formación y Capacitación Orgánico – Político
f)                  Comisión de Soberanía Alimentaria, semillas nativas y agro tóxicas
g)                 Comisión de Reforma Agraria, Tierra y Territorio y Medio Ambiente
h)                Comisión Derechos Humanos
i)                   Comisión Comunicación
j)                   Comisión Migraciones
k)                 Comisión Pueblos Indígenas Originarios Campesinos e Interculturales
l)                   Comisión de Juventudes
m)              Comisión de Mujeres
n)                Comisión de Gestión de Recursos

Art. 13.- (Requisitos de conformación de la CLOC-VC Estado Plurinacional de Bolivia) Los requisitos para ser parte de la CLOC-VC del Estado Plurinacional de Bolivia, son los siguientes:
a)                 Contar con la respectiva y debida acreditación de la organización matriz afiliada a la CLOC-VC del Estado Plurinacional de Bolivia.
b)                Ser miembro activo del Comité Ejecutivo Nacional o Directorio de su organización matriz para formar parte de la Comisión de Coordinación Política.
c)                 Ser miembro activo o ex dirigente para la conformación de las comisiones de trabajo y haber demostrado la trayectoria y vida orgánica en su organización matriz.

Art. 14.- (De la rotación de la  CLOC-VC del Estado Plurinacional de Bolivia) La rotación del Directorio Nacional de la CLOC-VC del Estado Plurinacional de Bolivia será de acuerdo al siguiente orden:
1.                 Confederación Sindical Única de Trabajadores Campesinos de Bolivia – CSUTCB.
2.                 Confederación Nacional de Mujeres Campesinas Indígena Originarias Bartolina Sisa – CNMCIOB BS.
3.                 Confederación Sindical de Comunidades Interculturales Originarias de Bolivia – CSCIOB.
4.                 Movimiento de los Trabajadores Campesinos Indígenas Sin Tierra de Bolivia – MSTB.

Art. 15.- (De las Atribuciones de la CLOC-VC del Estado Plurinacional de Bolivia)
a)                 Dirigir el trabajo y lucha de la CLOC-VC del Estado Plurinacional de Bolivia, durante su gestión, siendo responsables ante los diferentes eventos.  
b)                Cumplir y hacer cumplir el Estatuto Orgánico y su Reglamento Interno.
c)                  Velar por la unidad e integridad de sus organizaciones afiliadas.
d)                 Ejecutar las resoluciones de los Congresos Nacionales y otros.
e)                 Interponer su acción inmediata ante los órganos del Estado y otras instancias internacionales, en casos de conflictos.
f)                  Asumir las funciones de representación y coordinación ante los órganos del Estado, instancias internacionales y otras instituciones.
g)                 En todas las instancias de los órganos de dirección, las decisiones serán tomadas en consenso, solo en caso de empate se procederá a una votación nominal abierta y en caso de igualdad el presidente votara para dirimir el asunto tratado. Debiendo llevar actas de todas las reuniones y decisiones así como todos los libros necesarios para su funcionamiento.




TITULO V
INSTANCIAS ORGANICAS DE
 TOMA DE DECISIONES
CAPITULO PRIMERO

 Art. 16.- (INSTANCIAS ORGANICAS DE TOMA DE DECISIONES) Las instancias de toma de decisiones son las siguientes:
1.     Congreso Ordinario
2.     Congreso Orgánico
3.     Congreso Extraordinario.
4.     Ampliado Nacional o Asamblea Nacional
5.     Reunión Ordinaria

Art. 17.- (Del Congreso Ordinario) Es la máxima instancia de toma de decisiones de la CLOC-VC del Estado Plurinacional de Bolivia, siendo sus determinaciones y resoluciones irrevisables y de fiel cumplimiento. La modificación de dichas determinaciones y resoluciones únicamente podrán ser efectuadas en un siguiente Congreso Ordinario; se realizará cada 3 años de forma rotativa en los 9 departamentos cuya convocatoria será expedida por el directorio con 90 días de anticipación.

Art. 18.- (De las atribuciones del Congreso Ordinario) Las atribuciones de este Congreso Ordinario son:
a.     Definir el lugar donde se realizara los Congresos Ordinarios.
b.     Convocar a Congresos Orgánicos de acuerdo a necesidad.
c.      Elegir el nuevo directorio de la CLOC-VC del Estado Plurinacional de Bolivia y posesionarlos en sus respectivas carteras.
d.     Considerar el informe de la CLOC-VC del Estado Plurinacional de Bolivia cesante, para su aprobación o rechazo por el Magno Congreso.
e.     Ratificar y consolidar los acuerdos y líneas políticas consensuadas en los procesos de dialogo y debate entre las cuatro organizaciones afiliadas que conforman la CLOC-VC del Estado Plurinacional de Bolivia.

Art. 19.- (Del Congreso Orgánico) Es la única instancia que toma decisiones específicas para revisar, tratar y modificar de manera parcial o total el estatuto orgánico y su reglamento interno.

Art. 20.- (Atribuciones del Congreso Orgánico) Las atribuciones de este Congreso Orgánico son:
a.     Revisar y tomar decisiones sobre las solicitudes de afiliación de nuevas organizaciones.
b.     Tomar decisiones sobre aquellas organizaciones que no están cumpliendo con el Estatuto Orgánico, Reglamento Interno, Comisiones de CLOC-VC del Estado Plurinacional de Bolivia.
c.      Modificar y aprobar la hoja membretada y el sello oficial de la CLOC-VC del Estado Plurinacional de Bolivia.
d.     Crear y/o definir la mística (expresión cultural de hombres y mujeres) para la representatividad orgánica a nivel nacional e internacional, de acuerdo a la coyuntura de las naciones y  pueblos indígenas originarios campesinos e interculturales.
e.     Crear y modificar los símbolos y emblemas orgánicos de acuerdo a los principios de la CLOC-VC del Estado Plurinacional de Bolivia.

Art. 21.- (Del Congreso Extraordinario) El Congreso Extraordinario se realizará a Convocatoria del Directorio de la CLOC-VC del Estado Plurinacional de Bolivia, en casos excepcionales y de emergencia por determinación de simple mayoría de las organizaciones que conforman la CLOC-VC del Estado Plurinacional de Bolivia.

Art. 22.- (De las atribuciones del Congreso Extraordinario) Las atribuciones de este Congreso Extraordinario son:
a.     En caso de crisis orgánica, es decir cuando la organización matriz afiliada a la CLOC-VC del Estado Plurinacional de Bolivia no pueda asumir la presidencia, se convocara a Congreso Extraordinario.
b.     El Congreso Extraordinario será convocado por el directorio, cuando la  coyuntura social, política, económica, cultural y orgánica así lo exija, cuya atribución especifica será la de resolver el problema para el cual fue convocado.

Art. 23.- (Del Ampliado Nacional o Asamblea Nacional Ordinario) El Ampliado Nacional o Asamblea Nacional Ordinario, se reunirá una vez por año a Convocatoria de la CLOC-VC del Estado Plurinacional de Bolivia.

Art. 24.- (De las atribuciones del Ampliado Nacional o Asamblea Nacional) Las atribuciones del Ampliado Nacional o Asamblea Nacional son las siguientes:
a)                 Recibir y evaluar el informe de gestión de la CLOC-VC del Estado Plurinacional de Bolivia.
b)                Planificación de actividades de la CLOC-VC del Estado Plurinacional de Bolivia.

Art. 25.- (Del Ampliado Nacional o Asamblea Nacional Extraordinaria) El Ampliado Nacional o Asamblea Nacional Extraordinaria, se reunirá las veces que sea necesario de acuerdo a las necesidades y según  convocatoria de la CLOC-VC del Estado Plurinacional de Bolivia.

Art. 26.- (De la Reunión Ordinaria) Las Reuniones Ordinarias será un espacio de planificación, evaluación, análisis y debate de las acciones que desarrolla  la CLOC-VC del Estado Plurinacional de Bolivia  para velar el cumplimiento de los lineamientos orgánico político y resoluciones emanadas en el Congreso Ordinario, la misma se realizara cada tres meses, en la ciudad de La Paz.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

Art. 27.- A partir de la aprobación del presente Estatuto Orgánico, se establece en un plazo no mayor a 90 días para convocar al I Congreso Ordinario de la CLOC-VC del Estado Plurinacional de Bolivia.

DISPOSICIONES FINALES

Art. 28.- (Aprobación) El presente Estatuto Orgánico entra en vigencia a partir del día de su aprobación en grande y en detalle en cada uno de sus artículos del presente Estatuto Orgánico, la misma que contiene cinco títulos, veintiocho artículos, una disposición transitoria y una disposición final, aprobado en el 1º Congreso Orgánico de la CLOC-VC del Estado Plurinacional de Bolivia, realizado en la Ciudad de La Paz, los días 16 y 17 de Abril de 2013 años.

Ciudad de La Paz, a los diecisiete días del mes de abril del año dos mil trece.









Anexo 1. Agenda nacional de movilización y lucha
-         10 de enero Fundación de CNMCIOB “BS”
-         22 de enero Día del Estado Plurinacional
-         18 de febrero Fundación de la CSCIB
-         8 de marzo Día Internacional de la Mujer
-         17 de abril, Día de la Lucha Campesina
-         1ro. de mayo día del trabajador y trabajadoras
-         6 de Junio Fundación del MST-B
-         26 de junio Re Fundación de la CSUTCB
-         12 de octubre Día de la Lucha y la Resistencia Indígena Originaria Campesina e Intercultural
-         25 de noviembre Día Contra la Violencia hacia la Mujer

Anexo 2. Temas para continuar profundizando el debate.
CLOC VC (comisión orgánico), Financiamiento (comisión economía), Comisiones (comisión orgánica).

No hay comentarios:

Publicar un comentario